Tasa Adicional del Impuesto a la Renta

By 10 mayo, 2023 Publicaciones No Comments

El Tribunal Fiscal con Resolución No. 00358-1-2023 publicada en el Peruano el 03/02/2023 ha establecido como Criterio de Observancia Obligatoria, que: la presentación de una declaración jurada rectificatoria del Impuesto a la Renta mediante la que se reconocen las observaciones efectuadas por la Administración en el marco de una fiscalización, no impide la aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta, debido a que tal declaración, por sí sola, no acredita el destino de los importes observados y, en consecuencia, no desvirtúa que pudieran involucrar una disposición indirecta de renta no susceptible de posterior control tributario.

https://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/jurisprude/acuer_sala/2022/resolucion/2023_1_00358.pdf